Gracewood Estates
1 corte de Gracewood
96 Unidades
(631) 904-0913
Islip, Nueva York 11751
Vivienda asequible
Solicitud en línea por orden de llegada
Directrices del programa de viviendas de alquiler asequibles
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ESTE DOCUMENTO CONTIENE LAS PAUTAS DEL PROGRAMA GRACEWOOD ESTATES. LEA ESTE DOCUMENTO DETENIDAMENTE YA QUE LAS PAUTAS ESTABLECIDAS SE CUMPLIRÁN ESTRICTAMENTE.
Community Development Long Island, Inc. (CDLI), en asociación con Gracewood Estates, LLC (propietario/administrador), se complace en anunciar que está aceptando solicitudes. para establecer una lista de solicitantes potenciales para 24 unidades de alquiler asequibles recién construidas ubicadas dentro de Gracewood Estates.
El personal de CDLI está disponible para ayudarle con cualquier pregunta que pueda tener sobre el programa y el proceso de solicitud. No dude en llamar al (631)904-0913 o enviar un correo electrónico a gracewoodestates@CDLI.org.
Las solicitudes se procesarán por orden de llegada. Las solicitudes estarán disponibles SÓLO en línea en cdli.org ( Esta página) a partir de las 9 a. m. del 11 de diciembre de 2023. NO entregue solicitudes de ninguna otra manera, como por correo o entrega en mano, ya que NO serán aceptadas.
Fincas de Gracewood
Gracewood Estates es un desarrollo de alquiler de 96 unidades ubicado en Spur Drive South en Islip. Veinticuatro (24) de las unidades están designadas como unidades asequibles dentro de los parámetros de ingresos y alquiler establecidos a continuación.
Gracewood Estates está diseñado con una arquitectura estilo Hampton rodeada por más de 8 acres de espacio verde que incluye una entrada ajardinada, un patio con glorieta central, jardines bien cuidados y árboles ejemplares. Gracewood Estates es una opción ideal para los residentes de Long Island que buscan reducir su tamaño y permanecer cerca de la costa sur, además de ser parte de la comunidad local cooperativa de Islip.
Restricciones de ingresos y alquiler
De acuerdo con los requisitos de la Junta Municipal de la ciudad de Islip, las veinticuatro (24) unidades asequibles se alquilarán inicialmente a hogares con ingresos iguales o inferiores al 80 % del ingreso medio del área de HUD para el condado de Suffolk, ajustado por familia. tamaño. Los límites máximos de ingresos y alquiler para unidades de un dormitorio se basarán en un tamaño de familia de 2, y las unidades de dos dormitorios se basarán en un tamaño de familia de 3, de acuerdo con los requisitos de la Ciudad. En la recertificación anual, el ingreso máximo permitido no excederá el 100 % del ingreso medio del área de HUD aplicable en ese momento para el condado de Suffolk, ajustado al tamaño de la familia. El subsidio de asistencia para el alquiler aprobado se contará para el ingreso mínimo. Los requisitos de ingresos se ajustarán anualmente según los límites de ingresos medios del área publicados por HUD para el condado de Nassau/Suffolk. Las pautas de ingreso mínimo no se aplican a aquellos solicitantes con un subsidio de alquiler aprobado.
Con base en lo anterior, los límites de ingresos máximos y mínimos iniciales y los alquileres para las 24 unidades asequibles en Gracewood Estates son los siguientes:
* Las pautas de ingreso mínimo no se aplican a aquellos solicitantes con un subsidio de alquiler aprobado.
**Incluye asignación de servicios públicos calculada según el programa de servicios públicos de TOI PHA. Sin incluir cargos obligatorios u opcionales por otros servicios.
Utilidades
Los inquilinos deben pagar los servicios públicos de la siguiente manera:
Calefacción: gas natural
Cocina – Gas Natural
Aire acondicionado
Agua caliente – Eléctrica
Eléctrico
Cable
Internet
Teléfono
Procedimientos iniciales de selección de inquilinos
Proceso general
La elegibilidad para una unidad implica tres pasos: (1) Presentación oportuna de una Solicitud completa; (2) Presentación oportuna de la información adicional necesaria para evaluar la elegibilidad del programa preliminar para el arrendamiento, incluidos ingresos, declaraciones de impuestos y documentación relacionada; y (3) revisión final por parte del propietario/administrador del arrendamiento, incluidas verificaciones de crédito, verificación de antecedentes, historial de empleo y arrendamiento.
Paso uno: envío de la solicitud de lista de espera
Las solicitudes se procesarán por orden de llegada y solo podrán enviarse en línea, a partir de las 9 a. m. del 11 de diciembre de 2023. NO entregue las solicitudes de ninguna otra manera, como por correo o en mano. -entrega ya que NO serán aceptados.
Para enviar la solicitud electrónica, vaya al sitio web de CDLI en www.CDLI.org comienzo a las 9 a. m. de diciembre 11 de octubre de 2023 y haga clic en el enlace para solicitar la solicitud de Gracewood Estates. Los solicitantes serán colocados en una lista de espera en el orden en que se reciba su solicitud. Las solicitudes recibirán automáticamente una fecha y hora para su envío y se incluirán en una base de datos. CDLI notificará a los solicitantes su número de clasificación en la lista de espera. CDLI se comunicará con los solicitantes en orden de clasificación para determinar la elegibilidad formal para una unidad.
La inclusión en la lista de espera representa solo el primer paso para el cumplimiento inicial y no garantiza la aprobación preliminar ni la elegibilidad para una unidad.
Paso dos: revisión preliminar de elegibilidad
A medida que los nombres de los solicitantes estén en la lista de espera, CDLI se comunicará con los solicitantes en orden de clasificación, por correo electrónico, si está disponible, o por teléfono. Si un solicitante sigue interesado, se le pedirá que presente la documentación requerida que incluirá
(1) últimos 2 años de declaraciones de impuestos federales sobre la renta, formulario W-2 y/o 1099;
(2) los cuatro talones de pago consecutivos más recientes;
(3) los tres extractos bancarios mensuales consecutivos más recientes para todas las cuentas bancarias y cuentas de inversión.
El solicitante tendrá 5 días hábiles para proporcionar la Solicitud de alquiler formal completamente completa junto con toda la documentación de respaldo. Si CDLI no recibe lo anterior dentro de dicho período, el solicitante será no es elegible y se enviará una carta confirmando lo mismo. El solicitante también deberá proporcionar ciertos consentimientos para permitir que CDLI verifique las presentaciones de ingresos y el empleo.
Los ingresos incluirán todos los ingresos brutos, incluidos, entre otros, ingresos de empleo a tiempo completo y parcial, horas extras, bonificaciones, propinas, pensiones, seguridad social, distribuciones 401k e IRA, manutención infantil, pensión alimenticia e indemnización por despido. TODAS las fuentes de ingresos están incluidas y se anualizarán para el próximo período de 12 meses. Los ingresos totales menos las exclusiones permitidas, si las hubiera, no pueden exceder los límites máximos de ingresos.
Una vez que se haya completado una revisión completa de la Solicitud de alquiler formal, se notificará al solicitante por correo electrónico, si está disponible, o por correo postal, su estado. Si el solicitante se considera elegible , se les proporcionará un enlace para completar la solicitud de alquiler completa. Se requiere una tarifa de solicitud de $20 y se puede pagar con tarjeta de crédito. Tras la presentación de una solicitud de alquiler completa y la tarifa de solicitud, el propietario/administrador completará una revisión y evaluación final de conformidad con el paso 3 a continuación.
El proceso establecido en el Paso 2 continuará hasta que los solicitantes de las 24 unidades asequibles hayan firmado un contrato de arrendamiento con el propietario/administrador como se describe en el Paso 3 a continuación.
Paso tres: evaluación de la idoneidad del inquilino
El tercer paso en el proceso es que el Propietario/Gerente lleve a cabo una revisión final de elegibilidad para aquellos solicitantes considerados preliminarmente elegibles de conformidad con el Paso 2 anterior. Como los solicitantes se consideran elegibles de conformidad con el Paso 2 anterior, se les proporcionará un enlace para completar la solicitud de alquiler completa, incluida la carga de extractos bancarios, recibos de pago y una identificación con fotografía. Se requiere pagar una tarifa de solicitud de $20 con tarjeta de crédito o débito en línea. La revisión de elegibilidad del propietario/administrador implicará evaluar la idoneidad del solicitante para el arrendamiento mediante verificación de empleo, historial de arrendamiento, solvencia crediticia, historial financiero y verificaciones de antecedentes penales utilizando una empresa acreditada y adhiriéndose a la Ley de Informe Justo de Crédito. El propietario/gerente también realizará una entrevista personal. Los solicitantes también deberán demostrar que pueden pagar el primer mes de alquiler y un depósito de seguridad. A los solicitantes que sean seleccionados exitosamente se les ofrecerá la oportunidad de celebrar un contrato de arrendamiento por escrito.
Recertificación de Ingresos Anuales.
Los inquilinos serán recertificados anualmente de acuerdo con las pautas establecidas para la asequibilidad. Los inquilinos recibirán una lista de verificación de recertificación de unidad asequible y un reconocimiento al momento del contrato de arrendamiento que detalla los requisitos de recertificación de ingresos. En la recertificación anual, el ingreso máximo permitido no excederá el 100% del 80% del ingreso medio del área de HUD aplicable en ese momento para el condado de Suffolk, ajustado al tamaño de la familia. Si el ingreso del inquilino excede el ingreso máximo requerido para En las unidades asequibles, el inquilino puede continuar ocupando la unidad, pero el alquiler se ajustará al alquiler del mercado. En caso de que una unidad previamente designada como asequible se convierta a alquiler de mercado, la siguiente unidad disponible se designará como asequible de conformidad con los requisitos establecidos en estas Pautas del programa.
Período de asequibilidad
Las restricciones de asequibilidad indicadas anteriormente permanecerán vigentes a perpetuidad a discreción de la Junta Municipal de la Ciudad de Islip.
Lista de espera
La lista de espera de admisión se convertirá en una lista de espera permanente una vez que se alquilen las 24 unidades asequibles. Cuando se produzcan vacantes, se comunicará con el primer solicitante elegible en la lista de espera para informarle que hay una unidad disponible en el modo de contacto preferido como se indica en el Formulario de admisión de la lista de espera. Se harán tres intentos. deberá informar al solicitante antes de pasar al siguiente solicitante de la lista; todos los intentos serán documentados. Si el solicitante ya no está interesado, la solicitud se eliminará de la lista de espera con una explicación del motivo de la eliminación de la lista de espera. Los solicitantes interesados tendrán 5 días hábiles para proporcionar una Solicitud de alquiler formal completa, junto con la documentación requerida como se establece anteriormente para realizar la certificación de ingresos, verificación de empleo, solvencia y verificación de antecedentes como se describe en los Pasos 2 y 3 anteriores. /p>
Compromiso con la vivienda justa y la educación No discriminación
El Propietario/Gerente está totalmente comprometido a hacer cumplir el espíritu y la letra del Título VIII de la Ley de Derechos Civiles de 1968 (Ley Federal de Vivienda Justa), la Ley de Enmiendas a la Vivienda Justa de 1988, la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, la Nueva Ley de Derechos Humanos de York y Ley de Derechos Humanos del Condado de Suffolk. Ni el Propietario/Gerente ni ninguno de sus afiliados, empleados, agentes o corredores discriminarán en la venta, arrendamiento, publicidad o financiamiento de viviendas a ningún individuo o familia por motivos de raza, color, origen nacional, religión, género, discapacidad, identidad de género, estado civil, orientación sexual, condición de veterano/militar, fuente de ingresos o cualquier otra clase protegida
Acomodaciones/Modificaciones Razonables para Personas con Discapacidades
Las personas con discapacidades tienen derecho a solicitar una adaptación razonable en las reglas, políticas, prácticas o servicios, o a solicitar una modificación razonable en la vivienda, cuando dichas adaptaciones o modificaciones puedan ser necesarias para brindarles a dichas personas la misma oportunidad de usar y disfrutar de la vivienda. Se ofrecerán adaptaciones razonables a todas las personas discapacitadas que soliciten adaptaciones debido a una discapacidad en cualquier momento durante el proceso de solicitud, selección de residentes y arrendamiento.
Cumplimiento de la Ley de Violencia Contra la Mujer (“VAWA”)
Según corresponda, el propietario/administrador se adherirá a la regla final de VAWA que prohíbe la denegación de arrendamiento o el desalojo como resultado de un incidente de violencia doméstica, violencia en el noviazgo, agresión sexual o acoso que se informe y confirme.
Términos adicionales
Se informa a los solicitantes que el propietario/administrador mantiene políticas y procedimientos que rigen el complejo y sus inquilinos.
Contacto de marketing afirmativo de vivienda justa
Corporación de Desarrollo Comunitario de Long Island, Inc.
1660 Walt Whitman Road, Suite 130
Melville, Nueva York 11747
Persona de contacto: Donna Schrimpe
Número de Teléfono: (631) 904-0913
Dirección de correo electrónico: gracewoodestates@CDLI.org
Propietario/Administrador
Gracewood Estates
Persona de contacto: Marco Sagliocca